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Impuestos

Modelo 303 para autónomos: qué es, cuándo se presenta y cómo se calcula

Publicada el 19 de octubre de 2026 · 3 min de lectura · Por Lidia Ruedas, creadora de Kirimi

El 303 es la declaración del IVA que presentas cada trimestre. En ella cuentas el IVA que has cobrado en tus facturas y restas el que has pagado en tus gastos. La diferencia se paga, se compensa o se devuelve.

Qué es el modelo 303

Es la autoliquidación trimestral del IVA. Como autónomo, cobras IVA a tus clientes (IVA repercutido o devengado) y pagas IVA en tus compras y gastos de la actividad (IVA soportado). En el 303 restas uno del otro:

  • Si has cobrado más IVA del que has pagado, ingresas la diferencia.
  • Si has pagado más del que has cobrado, el resultado se compensa en los trimestres siguientes o, en el último trimestre, puedes pedir la devolución.

Quién lo presenta

Todos los autónomos con actividades sujetas a IVA. No lo presentan quienes solo tienen actividades exentas (algunas sanitarias o educativas, por ejemplo) ni el comercio minorista en recargo de equivalencia por esa actividad.

Plazos

TrimestrePlazo
1.er trimestre (enero-marzo)Del 1 al 20 de abril
2.º trimestre (abril-junio)Del 1 al 20 de julio
3.er trimestre (julio-septiembre)Del 1 al 20 de octubre
4.º trimestre (octubre-diciembre)Del 1 al 30 de enero del año siguiente

Si el último día cae en sábado, domingo o festivo, el plazo pasa al siguiente día hábil. Si domicilias el pago, el plazo termina unos días antes (normalmente 5). En enero, además del último 303 presentas el resumen anual, el modelo 390.

¿Quieres todas las fechas en un sitio? Mira Mis obligaciones como autónomo.

Cómo se calcula: un ejemplo

En el tercer trimestre has facturado 8.420 € de base al 21 % y has tenido gastos de la actividad con IVA deducible.

ConceptoImporte
IVA devengado (8.420 € × 21 %)1.768,20 €
IVA deducible de gastos corrientes− 574,35 €
IVA deducible de bienes de inversión (un ordenador)− 89,70 €
Resultado a ingresar1.104,15 €

En el formulario, el IVA devengado se reparte por tipos (21 %, 10 %, 4 %), el deducible se separa entre gastos corrientes y bienes de inversión, y el resultado final aparece al pie.

Qué IVA puedes deducir

Solo el de gastos relacionados con tu actividad, con factura a tu nombre y con tu NIF. Algunos casos habituales:

  • Material, software, asesoría, publicidad, teléfono e internet de la actividad: sí.
  • Vehículo de uso mixto: Hacienda suele admitir un 50 % del IVA.
  • Comidas y viajes: solo si están vinculados a la actividad y bien justificados.
  • Un ticket sin tus datos: normalmente no.

El IVA de un gasto solo se deduce una vez y en el trimestre en que tienes la factura (o en los cuatro años siguientes). Si se te olvidó un gasto, puedes deducirlo después.

Cómo se presenta

  1. Calcula el resultado con tus facturas emitidas y recibidas del trimestre.
  2. Entra en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria con certificado digital o Cl@ve.
  3. Rellena el formulario o importa el fichero que genera tu programa de facturación.
  4. Revisa, elige la forma de pago y firma.

Errores frecuentes

  • Olvidar presentarlo porque «no he facturado nada este trimestre».
  • Deducir el IVA de tickets o de gastos personales.
  • Meter facturas en el trimestre equivocado (cuenta la fecha de la factura, no la del cobro).
  • No compensar el saldo a favor de un trimestre anterior.
  • Olvidar las devoluciones y descuentos: se corrigen con una factura rectificativa y cambian el IVA del trimestre.

Kirimi calcula tu 303 casilla a casilla con tus facturas y tus gastos, te da el fichero para importarlo en la Sede y te avisa por email antes de que acabe el plazo.

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Siguiente paso: el otro modelo trimestral que suelen presentar los autónomos, el modelo 130.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que presentar el 303 si no he facturado nada?

Sí. Si estás dado de alta en una actividad con IVA, el 303 se presenta todos los trimestres, aunque sea sin actividad o a cero.

¿Qué pasa si me retraso en presentar el 303?

Si lo presentas tarde por tu cuenta, antes de que Hacienda te lo reclame, pagas un recargo que empieza en el 1 % más un 1 % por cada mes completo de retraso. Si te lo reclama Hacienda, puede haber sanción.

¿Necesito certificado digital para presentar el 303?

No necesariamente. Puedes presentarlo en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.

Esta guía es informativa y no sustituye el asesoramiento de un profesional. Consulta siempre la información oficial de la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.

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