Guía para autónomos · Actualizada el 25 de octubre de 2026
Veri*factu para autónomos: qué es, cuándo es obligatorio y cómo cumplir sin líos
Veri*factu cambia la forma de facturar en España: tu programa de facturación tendrá que registrar cada factura de forma que no se pueda alterar y, en esta modalidad, enviarla a la Agencia Tributaria. Aquí tienes lo importante, sin tecnicismos.
Qué es Veri*factu
El Real Decreto 1007/2023 aprobó el Reglamento que regula los requisitos de los programas de facturación (lo que se conoce como ley antifraude), y la Orden HAC/1177/2024 concretó los detalles técnicos. Veri*factu es una de las dos formas de cumplirlo: el programa envía a la AEAT un registro de cada factura justo al emitirla.
A cambio, la factura lleva un código QR y la mención «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT» o «VERI*FACTU», con la que tu cliente puede comprobar que está registrada.

Fechas clave
Fechas según el calendario vigente tras el Real Decreto-ley 15/2025. Si cambian, actualizaremos esta guía.
Qué tiene que hacer tu programa de facturación
- Crear un registro de cada factura con una huella digital (SHA-256) encadenada a la anterior, para que nada se pueda modificar sin que se note.
- Generar registros de anulación en lugar de borrar facturas.
- Poner el código QR y la frase de factura verificable en la factura.
- Enviar los registros a la AEAT con un certificado electrónico.
- Contar con la declaración responsable del fabricante del programa.
Cómo lo hace Kirimi
Todo lo anterior ocurre solo cuando pulsas «Emitir». Subes tu certificado digital una vez, Kirimi comprueba que es válido y que coincide con tu NIF, y a partir de ahí cada factura se registra, se encadena y se envía. En tu panel ves el estado de cada envío.

¿Ya facturas con otro programa? Puedes cambiarte en cualquier momento, también a mitad de trimestre: así es el cambio a Kirimi. Y puedes leer la declaración responsable de Kirimi como sistema de facturación.
Activar Veri*factu gratisCalendario por tipo de contribuyente
| Quién | Desde cuándo |
|---|---|
| Sociedades (contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades) | 1 de enero de 2027 |
| Autónomos (IRPF), comunidades de bienes y demás entidades en atribución de rentas, y no residentes con establecimiento permanente | 1 de julio de 2027 |
| Quienes llevan los libros por el Suministro Inmediato de Información (SII) | No les afecta |
| País Vasco y Navarra (tributación foral) | Tienen sus propios sistemas (TicketBAI en el País Vasco) |
| Quien factura a mano, en papel, sin ningún programa | No le afecta |
Hasta esas fechas puedes seguir con tu sistema actual o pasarte antes de forma voluntaria. Ojo: según la Agencia Tributaria, si empiezas a enviar tus registros con Veri*factu, tienes que seguir en esa modalidad al menos hasta el final de ese año natural.
Sanciones por no cumplir
La Ley General Tributaria (artículo 201 bis) castiga tener o usar un programa de facturación que no cumpla los requisitos con una multa fija de 50.000 € por cada ejercicio, y a quien lo fabrica o lo vende, con 150.000 € por ejercicio y por cada tipo de programa. No hace falta que haya fraude: basta con usar un sistema que no cumple cuando ya es obligatorio. Otra razón para no dejarlo para el último día.
¿Y si hago las facturas en Excel o en Word?
Según las preguntas frecuentes de la Agencia Tributaria, una hoja de cálculo o un procesador de texto no se considera un sistema de facturación si solo lo usas para escribir, imprimir y guardar tus facturas. Pero si lo programas para hacer más cosas (por ejemplo, una macro que genere el libro registro de facturas), sí lo es, y tendría que cumplir el reglamento. Hacienda puede comprobar cómo lo usas.
En la práctica, una plantilla de Word o Excel te obliga a llevar a mano la numeración, a no borrar ni modificar facturas ya emitidas y a conservarlas bien, y no calcula tus impuestos. Si facturas cada mes, un programa adaptado te quita ese riesgo. Para una factura suelta tienes nuestro generador de facturas gratis.
Checklist: prepárate para Veri*factu
- Ten tu certificado digital en vigor (el de persona física de la FNMT es gratuito) o el sistema de identificación que admita tu programa.
- Usa un programa que cumpla el reglamento y tenga su declaración responsable publicada.
- Revisa tus series y tu numeración: correlativa, sin saltos y sin reutilizar números.
- Aprende a corregir: las facturas emitidas no se borran, se rectifican o se anulan con su registro.
- Comprueba que tus facturas salen con el código QR al principio y la frase «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT» justo debajo.
- Si te cambias de programa, guarda las facturas del anterior y sigue el cambio paso a paso.
- No esperes al último mes: empezar antes te da tiempo a resolver dudas sin prisas.
Preguntas frecuentes sobre Veri*factu
¿Qué es exactamente Veri*factu?
Es la modalidad del Reglamento de los sistemas informáticos de facturación (Real Decreto 1007/2023) en la que el programa envía automáticamente a la Agencia Tributaria un registro de cada factura en el momento de emitirla. La factura lleva un código QR para que tu cliente pueda comprobarla.
¿A quién afecta?
A los autónomos y empresas que emiten facturas con un programa informático, salvo los que llevan el Suministro Inmediato de Información (SII) o tributan en territorios forales con sus propios sistemas.
¿Desde cuándo es obligatorio?
Con el calendario vigente, desde el 1 de enero de 2027 para quienes tributan por el Impuesto sobre Sociedades y desde el 1 de julio de 2027 para el resto, incluidos los autónomos. Puedes adelantarte voluntariamente.
¿Puedo seguir haciendo facturas en Word o Excel?
Las facturas hechas con procesadores de texto u hojas de cálculo no son un sistema informático de facturación, pero en la práctica es muy fácil incumplir los requisitos (numeración, conservación, inalterabilidad). Usar un programa adaptado te quita el problema.
¿Qué necesito para empezar?
Tu certificado digital (por ejemplo, el de persona física de la FNMT, que es gratuito). En Kirimi lo subes una vez, en un paso, y a partir de ahí las facturas se envían solas.
¿Qué pasa si me equivoco en una factura ya enviada?
No se borra: se corrige con una factura rectificativa o, si no debió emitirse, se anula. Kirimi genera el registro correspondiente y lo envía a la AEAT.
Esta guía es informativa y no sustituye al asesoramiento profesional. Consulta siempre la información oficial de la Agencia Tributaria.