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Facturas

Cómo cambiar de programa de facturación a mitad de trimestre siendo autónomo

Publicada el 22 de octubre de 2026 · 5 min de lectura · Por Lidia Ruedas, creadora de Kirimi

Quieres cambiar de programa de facturación, pero estás a mitad de trimestre y te da miedo liarla con Hacienda. La buena noticia es que se puede hacer en cualquier momento del año. Solo tienes que entender tres cosas: los modelos van por tu NIF, la numeración tiene que seguir siendo correlativa y el 130 se calcula con todo el año.

Los modelos van por NIF, no por programa

Lo primero que tranquiliza: Hacienda no sabe qué programa usas. El modelo 303 y el modelo 130 son autoliquidaciones tuyas, asociadas a tu NIF y a un periodo. Cada trimestre presentas un 303 y, si te toca, un 130. Uno de cada, aunque ese trimestre hayas facturado con dos programas distintos.

Por eso cambiar a mitad de trimestre no crea ningún problema con Hacienda. El único riesgo real es otro: que al calcular el modelo te dejes fuera lo que hiciste con el programa anterior. Si el 303 del trimestre del cambio solo recoge las facturas del programa nuevo, estarás declarando de menos.

La regla es sencilla:

  • Las facturas emitidas y los gastos de todo el trimestre van en el 303 de ese trimestre, salgan del programa que salgan.
  • En el 130 cuenta todo el año, desde el 1 de enero, como verás más abajo.

La numeración: correlativa dentro de cada serie

El Reglamento de facturación (Real Decreto 1619/2012, artículo 6) exige que las facturas lleven un número y, si usas varias, una serie, y que dentro de cada serie la numeración sea correlativa. También permite usar series distintas cuando hay una razón que lo justifique.

Cuando cambias de programa tienes dos opciones:

OpciónCómo funcionaA tener en cuenta
Seguir la misma serieSi tu última factura fue la 2026-045, la primera del programa nuevo es la 2026-046Tienes que configurar bien el programa nuevo para no repetir ni saltarte ningún número
Abrir una serie nuevaLa serie antigua se queda cerrada en la 2026-045 y en el programa nuevo empiezas, por ejemplo, la K-2026-001Es la forma más limpia de evitar duplicados y huecos

Lo que no debes hacer nunca es empezar otra vez desde el 1 con la misma serie ni reutilizar un número que ya usaste: dos facturas distintas con el mismo número y la misma serie son justo lo que no puede pasar.

El 130 es acumulado: el trimestre del cambio importa

El 130 es el pago fraccionado del IRPF y funciona distinto del 303. No calculas solo el trimestre: calculas desde el 1 de enero hasta el final del trimestre y restas lo que ya pagaste en los 130 anteriores del mismo año.

Un ejemplo. Te cambias de programa el 15 de mayo:

Concepto (del 1 de enero al 30 de junio)Importe
Ingresos del programa anterior (enero a mayo)8.000,00 €
Ingresos del programa nuevo (desde el 15 de mayo)3.000,00 €
Gastos deducibles de los dos programas− 1.500,00 €
Rendimiento neto acumulado9.500,00 €
20 % del rendimiento1.900,00 €
Pago del 130 del primer trimestre (lo que pagaste de verdad)− 120,00 €
Retenciones de tus clientes en el año− 1.650,00 €
Resultado del 130 del segundo trimestre130,00 €

Simplificamos: si estás en estimación directa simplificada, también restas un 5 % de gastos de difícil justificación (con un máximo de 2.000 € al año) y, según tus rendimientos del año anterior, puede haber una pequeña reducción. Pero la idea es esta.

Fíjate en dos cosas:

  1. Los ingresos y gastos del programa anterior cuentan en el 130 del segundo trimestre, aunque ya los usaras en el del primero. Así funciona el acumulado.
  2. Lo que se resta es lo que pagaste de verdad en el 130 del primer trimestre (su casilla 07), no lo que el programa nuevo crea que pagaste. Si tu programa anterior tenía algún gasto que no has pasado al nuevo, el recálculo no coincidiría. Por eso conviene tener a mano los 130 que ya presentaste.

Qué exportar del programa anterior

Antes de dejarlo, saca estas cuatro cosas. Casi todos los programas tienen un botón «Exportar» o «Descargar Excel» en cada listado:

  1. Facturas emitidas de este año, en Excel o CSV, con fecha, número, cliente, NIF, base, IVA, retención y total. Y si puedes, los PDF.
  2. Gastos y facturas recibidas de este año, también en Excel o CSV: fecha, proveedor, NIF, base, IVA y, si la hay, la retención.
  3. Los modelos que ya presentaste este año: los 303 y los 130 (y el 111 o el 115 si te tocan), en PDF. Del 303 apunta si te quedó algo a compensar; del 130, el pago de cada trimestre.
  4. Tus clientes y proveedores, si el programa permite exportarlos.

Guarda una copia de todo antes de darte de baja: las facturas emitidas y recibidas hay que conservarlas como mínimo cuatro años, que es el plazo en el que Hacienda puede revisarlas.

Veri*factu: lo que cambia y lo que no

El Reglamento de sistemas de facturación (Real Decreto 1007/2023) obliga a que los programas de facturación registren cada factura con una huella encadenada y un código QR. Para los autónomos será obligatorio desde el 1 de julio de 2027, según el calendario fijado por el Real Decreto-ley 15/2025. Te lo explicamos en Veri*factu para autónomos.

¿Cómo afecta a un cambio de programa?

  • Las facturas que ya emitiste con el programa anterior se quedan donde están. No hay que «pasarlas» a ningún registro nuevo ni volver a emitirlas.
  • Las facturas que hagas en el programa nuevo son las que se registran en él con su huella y su QR (y, en la modalidad Veri*factu, se envían a la Agencia Tributaria).
  • Si cambias antes de julio de 2027, aprovecha para elegir ya un programa adaptado: así no tendrás que cambiar dos veces.

Cambiar de programa de facturación sin perder nada: paso a paso

  1. Elige una fecha de corte. Hasta ese día facturas con el programa anterior; desde ese día, solo con el nuevo. El día 1 de un mes es lo más cómodo, pero puede ser cualquier día.
  2. Decide la numeración: seguir la serie o, mejor, abrir una nueva en el programa nuevo.
  3. Exporta facturas, gastos y modelos presentados del programa anterior.
  4. Importa las facturas y gastos de este año en el programa nuevo, para que sume bien el 303 del trimestre del cambio y el 130 acumulado.
  5. Anota los modelos ya presentados, sobre todo los pagos del 130, para que no se recalculen.
  6. Revisa el primer 303 y el primer 130 en el programa nuevo antes de presentarlos: deben incluir lo de los dos programas.

Cómo lo hace Kirimi

En Kirimi tienes un asistente «Vengo de otro programa» que te lleva por estos pasos: eliges tu programa y tu fecha de corte, crea una serie nueva para tus facturas en Kirimi e importas desde Excel o CSV tus facturas y gastos, con vista previa, avisos de errores y duplicados y la opción de deshacer. Las facturas importadas quedan como registradas fuera de Kirimi (no se reemiten ni entran en tu Veri*factu de Kirimi), pero cuentan en tus impuestos. Y el 130 resta lo que ya pagaste en los que presentaste con tu programa anterior.

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¿Quieres verlo antes de probarlo? Mira cómo es el cambio a Kirimi. Y si estás empezando, repasa cómo hacer una factura de autónomo.

Preguntas frecuentes

¿Puedo cambiar de programa de facturación a mitad de año?

Sí. No hay ninguna norma que te obligue a esperar a enero. Lo importante es que tus modelos del trimestre incluyan las facturas y gastos de los dos programas y que la numeración siga siendo correlativa dentro de cada serie.

Si cambio de programa, ¿tengo que presentar dos modelos 303?

No. El 303 y el 130 son tuyos, van asociados a tu NIF. Cada trimestre presentas uno de cada, con lo que hayas facturado y gastado en los dos programas.

¿Puedo seguir la misma numeración en el programa nuevo?

Puedes, siempre que no se repita ni se salte ningún número. Pero lo más limpio suele ser abrir una serie nueva en el programa nuevo y dejar la antigua cerrada en su último número.

¿Qué hago con las facturas del programa anterior cuando llegue Veri*factu?

Las facturas que ya emitiste con tu programa anterior se quedan como están. Veri*factu afecta a las facturas que expidas con un sistema informático desde la fecha en que te sea obligatorio; para los autónomos, el 1 de julio de 2027.

Esta guía es informativa y no sustituye el asesoramiento de un profesional. Consulta siempre la información oficial de la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.

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